Seguros de Responsabilidad Civil
Este seguro protege el patrimonio y/o las finanzas de tu empresa frente a situaciones en las que se les obliga a pagar por perjuicios materiales o personales ocasionados a terceros. La idea con este seguro es que la empresa pueda hacer frente a estas obligaciones económicas sin afectarse, ya que la indemnización finalmente correrá por cuenta de la compañía de seguros.
En el desarrollo de las actividades de cualquier empresa, hay diversos riesgos inherentes a cada una, por lo que no todas las pólizas son iguales, cada seguro tiene que prepararse en base a su desenvolvimiento. A continuación presentamos los diversos tipos de Responsabilidad que existen en el mercado peruano:
R.C. CONTRACTUAL: Obligación de resarcir que se genera por un incumplimiento de contrato o de alguna condición que en él se establezca.
R.C. EXTRA CONTRACTUAL: Obligación de resarcir que se genera por un daño provocado a alguien o algo con quien no se tenía vínculo previo.
R.C. PATRONAL: Obligación de resarcir a trabajadores de la empresa que estén en planilla y que, debido a sus labores y/o a la negligencia del empleador, hayan sufrido algún daño personal.
R.C. PROFESIONAL (E & O): Obligación de resarcir en caso de que, en el ejercicio de la profesión, se cause algún daño imputable al profesional.
R.C. DE PRODUCTOS: Ampara al asegurado por los daños a terceros ocasionados por el producto que ha fabricado, distribuido y/o comercializado.
R.C. D & O: Protege a miembros de la administración de una sociedad y a los directores de empresas, cuyas decisiones, en el ejercicio de sus funciones, pueden comprometer a la empresa frente a terceros.
R.C. DE EVENTOS: Ampara a la empresa ante los daños personales que un evento (Concierto, feria, carrera, fiesta, etc.) organizado por ella pueda ocasionar a los asistentes o participantes.
En el desarrollo de las actividades de cualquier empresa, hay diversos riesgos inherentes a cada una, por lo que no todas las pólizas son iguales, cada seguro tiene que prepararse en base a su desenvolvimiento. A continuación presentamos los diversos tipos de Responsabilidad que existen en el mercado peruano:
R.C. CONTRACTUAL: Obligación de resarcir que se genera por un incumplimiento de contrato o de alguna condición que en él se establezca.
R.C. EXTRA CONTRACTUAL: Obligación de resarcir que se genera por un daño provocado a alguien o algo con quien no se tenía vínculo previo.
R.C. PATRONAL: Obligación de resarcir a trabajadores de la empresa que estén en planilla y que, debido a sus labores y/o a la negligencia del empleador, hayan sufrido algún daño personal.
R.C. PROFESIONAL (E & O): Obligación de resarcir en caso de que, en el ejercicio de la profesión, se cause algún daño imputable al profesional.
R.C. DE PRODUCTOS: Ampara al asegurado por los daños a terceros ocasionados por el producto que ha fabricado, distribuido y/o comercializado.
R.C. D & O: Protege a miembros de la administración de una sociedad y a los directores de empresas, cuyas decisiones, en el ejercicio de sus funciones, pueden comprometer a la empresa frente a terceros.
R.C. DE EVENTOS: Ampara a la empresa ante los daños personales que un evento (Concierto, feria, carrera, fiesta, etc.) organizado por ella pueda ocasionar a los asistentes o participantes.